
Para una mejor convivencia en las Comunidades de Vecinos es necesario un reglamento interno, que se crea a través de las Juntas de Propietarios, además de respetar lo que viene en los Estatutos que regulan los derechos y deberes de la vida comunitaria. Una correcta planificación a la hora de efectuar el reglamento permitirá evitar situaciones incómodas, es algo que nos recuerda la agencia Renta Garantizada, especialistas en la gestión del alquiler garantizado. Uno de los puntos más conflictivos suele ser el garaje comunitario, ya que suele darse cierta confusión con respecto a las actividades que están permitidas o no en este espacio vecinal. ¿Qué recoge la normativa actual sobre el uso del garaje? Su utilización está regulada por la Ley de propiedad Horizontal y puede tener sus propias reglas internas.
En primer lugar, hay que tener siempre presente que el garaje, en general, no es una zona privada, sino comunitaria. Es decir, los propietarios comparten su uso de forma igualitaria. En el Código Civil, título III, artículo 394, se recoge cuál es el uso exclusivo del garaje. Y dice así: “Cada partícipe podrá servirse de las cosas comunes, siempre que disponga de ellas conforme a su destino y de manera que no perjudique el interés de la comunidad, ni impida a los copartícipes utilizarlas según su derecho”.
Por lo tanto, las plazas de un garaje comunitario son exclusivamente zonas para aparcar los vehículos, que están delimitadas por unas líneas pintadas en el suelo, que no se pueden sobrepasar cuando se deje estacionado el vehículo. El resto del espacio del parking se considera zonas comunes cuyo uso se comparte por el resto de propietarios.
¿Cuáles son las actividades que no están permitidas en los garajes comunitarios? Hemos hecho una lista con los problemas que más se plantean entre los propietarios.
Índice
Aparcar coche y moto en la misma plaza
Ocurre, sobre todo, en las plazas que son más grandes y el vecino aparca coche y moto o dos coches en el mismo espacio. En esta situación la Ley de propiedad Horizontal no concreta nada, pero la normativa municipal puede señalar el número de vehículos permitidos por plaza o los estatutos internos de la Comunidad de Vecinos pueden reflejar su prohibición. Lo más conveniente en estos casos es mirar la póliza del seguro para comprobar cuántos vehículos cubre por plaza en caso de siniestro. Por sentido común, cuando se aparque más de un vehículo en una plaza, no se deberá salir de los límites marcados para así no dificultar el paso al resto de vecinos.
Usar la plaza de garaje como trastero
¿Se le ha ocurrido a algún vecino vuestro convertir su plaza de garaje en un pequeño habitáculo para guardar cosas como botes de pinturas, aceite del coche, herramientas, cajas o las bicicletas de los niños que ya no se usan? Pues a pesar de ser un espacio privado por parte del propietario, las pólizas de los seguros no se hacen responsables de lo que allí se almacene y solo cubre a los vehículos a motor.
Aparcar en la plaza de otro vecino
Cuando ocurre esto porque el vecino de esa plaza vacía no vive allí, nadie puede ocuparla sin su consentimiento. De hecho, se puede denunciar al vecino “okupa”. La ley está de su lado porque se está cometiendo un delito de invasión de una propiedad privada. De hecho, ya ha habido sentencias previas en las que se le ha dado la razón al vecino afectado por ocupar su plaza de garaje.
Colocar soportes para bicicletas, cepos y otros elementos de vuelo.
También es habitual ver en los aparcamientos vecinales bicicletas, cepos u otros elementos colgados del techo. ¿Está esto permitido? Pues en un principio, la ley dice que, al ser un espacio privado, permite colocar cualquier soporte (en el suelo, techo o paredes) de la plaza de garaje. Pero siempre que no moleste a otro propietario, ni sea peligroso para la seguridad del edificio.
Con respecto a la instalación de cepos, se pueden colocar, siempre que no perjudiquen a los vecinos a la hora de maniobrar con sus vehículos. Es conveniente en estos casos, pedir permiso previamente a la Comunidad.
Uso de las zonas comunes
Aunque es de sentido común, hay que recordar que no se puede sobrepasar las líneas pintadas en el suelo a la hora de dejar estacionado el vehículo. Todo lo que implique perjuicio a los vecinos (ya sea en forma de peatón o conductor) está prohibido. Se debe respetar los espacios mínimos para maniobrar con el coche, circular o abrir o cerrar cualquiera de las puertas del vehículo. Tampoco se puede aprovechar las zonas de paso del garaje para estacionar motos, bicicletas o almacenar trastos porque son espacios comunes que, aunque estén vacíos, no se pueden ocupar.
Otro uso abusivo del garaje comunitario sería utilizar los suministros comunes de luz y agua para nuestro uso privado. Así que no se puede lavar el coche dentro del garaje, salvo permiso exclusivo de la comunidad.